Expediente TEEH-JDC-039-2018
Promovente

Ivan Islas Quiróz, Jorge Robles Calderón, Martha Patricia Campos Espinosa, Oscar Arturo Landaverde Quijada, Jorge García Fernández, Hugo Grande Mercado, Brianda Edelmira Rodríguez Fragoso, Hermes Saúl Badillo Tarín, Berenice Zavala Bautista, Carlos Antonio Mateos Espinosa, Apolonio González Roldán, Wendy Maharay González Fernández Y Mario Álvarez Espino; en su carácter de Síndico Jurídico y Regidores, respectivamente, del Ayuntamiento de Tepeapulco, Hidalgo

Tercero Interesado  Ninguno
Autoridad Responsable Presidente municipal, Síndica Hacendaria y Director de Obras Públicas, todos ellos, el municipio de Tepeapulco, Hidalgo.
Acto Impugnado

La negativa de hacer entrega de información requerida

Magistrado Instructor  Lic. Manuel Alberto Cruz Martinez
Acuerdos  
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11 de septiembre de 2018: Auto de radicacion

17 de septiembre de 2018: Apertura y cierre de instruccion

8 de octubre de 2018: Anexos

15 de octubre de 2018: Acuerdo Plenario

Fecha de Resolución

 24 de septiembre de 2018

Puntos Resolutivos

PRIMERO.- Este Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo ha sido competente para resolver el Juicio para la Protección de los Derechos Político - Electorales del Ciudadano, promovido por Iván Islas Quiroz, Jorge Robles Calderón, Martha Patricia Campos Espinosa, Oscar Arturo Landaverde Quijada, Jorge García Fernández, Hugo Grande Mercado, Brianda Edelmira Rodríguez Fragoso, Hermes Saúl Badillo Tarín, Berenice Zavala Bautista, Carlos Antonio Mateos Espinosa, Apolonio González Roldán, Wendy Maharay González Fernández y Mario Álvarez Espino, en su calidad de Síndico Jurídico, Regidoras y Regidores, respectivamente del Ayuntamiento de Tepeapulco, Hidalgo.

SEGUNDO.- Se sobresee en el presente Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, únicamente por cuanto hace al acto reclamado consistente en la omisión del Presidente Municipal de Tepeapulco, Hidalgo, de convocar al Ayuntamiento, a sesiones ordinarias; lo anterior, en términos de la presente resolución.

TERCERO.- Se declaran FUNDADOS los agravios hechos valer por los accionantes, y se ordena al Presidente Municipal, Síndica Hacendaria y al Director de Obras Públicas, todos del Ayuntamiento de Tepeapulco, Hidalgo, dar cumplimiento a los efectos dictados en la parte considerativa de esta sentencia, ello dentro del término establecido.

CUARTO.- NOTIFÍQUESE por oficio a la autoridad responsable con copia certificada de esta Sentencia y como corresponde a la parte actora y demás interesados.

Sentencia

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